| 5.
LAS SIETE NUEVAS HERRAMIENTAS. FASE DE PLANIFICACIÓN
GENERAL.
Las siete nuevas
herramientas comprenden una metodología,
cuya eficacia ya ha sido probada en todos
los sectores del mundo. En este sentido
no hay que olvidar que la normalización
de Sistemas se inició en los Ejércitos
Europeos en los años 60, cuna de
las normativas internacionales de Ingeniería
de Sistemas como las MIL., las STD., las
ISO. o las UNE., entre otras. Normativas
que son exigidas por los Gobiernos de los
Países desarrollados, por lo que
se puede afirmar que los mismos Gobiernos
hacen uso del mismo método. Muy importante
para entender el enfoque de este trabajo,
premisa explicada en la Parte I.
Las técnicas/herramientas
clásicas de resolución de
problemas (diagrama de Pareto, diagrama
de dispersión, diagrama causa efecto,
etc.) permiten el tratamiento (análisis
y resolución) por parte de equipos
de trabajo de los problemas, muchos y triviales,
de acuerdo con la resolución dada
por Juran en Control de Calidad. Para tratar
con los problemas pocos e importantes ha
sido necesaria una nueva generación
de herramientas capaces de tratar con datos
de “tipo ideas u opiniones”,
datos por lo general de tipo cualitativo
y de difícil tratamiento, como es
el caso de los criterios individuales y
colectivos respecto a la solidaridad y Defensa
Nacional.
A estas herramientas
de nueva generación se les ha denominado
“Las siete nuevas herramientas”
o “Las siete herramientas de Gestión”.
Estas herramientas fueron creadas por los
japoneses en la década de los 70.
Se trataba de trasladar a las áreas
funcionales metodología de calidad.
En 1972, un comité
de la Unión Japonesa de Científicos
e Ingenieros (Japanase Union of Scientist
and Engineers, JUSE.) analizaron un gran
conjunto de técnicas y herramientas
de gestión y adoptaron entre ellas,
aquellas siete que se van a utilizar para
el análisis del problema de la negativa
a incorporación a filas en todas
sus vertientes y que inciden directamente
en la Movilización, por ser el objeto
principal de la misma el personal que se
incorpora, el personal que realiza el Servicio
Militar.
El conjunto de las nuevas herramientas de
gestión esta compuesto por:
- Diagrama de Afinidad.
- Diagrama de Relaciones.
- Diagrama de Árbol.
- Diagrama Matricial.
- Análisis
Factorial.
- Diagrama del Proceso
de Decisión.
- Diagrama de Flechas.
Siendo necesario
decir que estas herramientas son conocidas
por otras denominaciones y, a veces, se
les ha añadido otras herramientas
como el método de jerarquización
de Saaty.
Son fundamentalmente
utilizadas en la fase de planificación
de las cuatro de que consta el ciclo básico
de mejora de calidad o “rueda de Deming”
(ciclo PDCA.) mencionada en la Parte I.
De acuerdo con el estado de la fase de planificación
(planificación general, intermedia
o detallada en la que pueda intervenir el
MINISDEF., o en los estudios que éste
realice y la posible adopción de
acciones correctivas, remediadoras o preventivas
que de ellos se deduzcan) en la que generalmente
se utilizan, podemos dividir estas herramientas
en:
Etapa |
Objetivo |
Fase |
Herramientas |
¿Cuál
es el problema? |
Identificar problemas |
Planificación
General |
Diagrama de Afinidad
Análisis Factorial
|
¿Cuales
son las causas del problema? |
Identificar Procesos
y causas raíz del problema |
Planificación
General |
Diagrama de Relación |
¿De que
forma se resuelve el problema? |
Identificar soluciones |
Planificación
Intermedia |
Diagrama de Árbol |
¿Qué
opción tomar? |
Seleccionar la
mejor |
Planificación
Intermedia |
Diagrama Matricial |
¿Cuándo
y como actuar? |
Planificar la
puesta en marcha de la mejor solución |
Planificación
detallada |
Diagrama de Flecha
Diagrama de Proceso de Decisión
|
5.1.
EL DIAGRAMA DE AFINIDAD (DA.)
5.1.1. Concepto.
El Diagrama de Afinidad
(DA.) es la herramienta básica del
conjunto de las siete herramientas de Gestión.
También es conocida con el nombre
de “Método KJ” (Kawuakita
Jiro es la persona que lo desarrolló).
Esta herramienta se utiliza para conseguir
gran cantidad de datos en forma de ideas,
opiniones, temas, aspectos a considerar
y organizarlos en grupos sobre la base de
criterios afines de relación natural
entre cada elemento.
El objetivo del
DA. es analizar gran cantidad de datos en
forma de ideas e identificar las ideas clave
inherentes a los datos. Se puede decir que
el DA. permite “reducir” una
gran cantidad de datos en un conjunto manejable
de procesos clave, que es el principal objeto
de esta fase de estudio: delimitar los procesos
principales que tienen incidencia en los
criterios individuales y colectivos de solidaridad
Nacional.
Con respecto a la
aplicación o utilización que
le vamos a dar a esta herramienta está
justificado por los siguientes motivos:
1. Los hechos o
conceptos, así como los procesos
no se encuentran claramente delimitados,
son complejos, excesivamente amplios y se
encuentran naturalmente relacionados. Si
se analiza de forma clásica el problema
de la negativa a la prestación del
Servicio Militar, conduce a un estudio Sociológico
de múltiples variables y de resultados
gaseosos, al estudio de los factores “muchos
y poco importantes” cuya incidencia
real en el resultado del proceso es realmente
nimio. Se estaría realizando un trabajo
que no llega a ser, siquiera, una auditoría
de resultados. Debemos partir de un estudio
expansivo de las propias estructuras legales
que se han creado, una Auditoría
de Sistemas, que son la causa de que puedan
producirse esos procesos, Auditoría
de Procesos, cuyo objetivo final, Auditoría
de Objetivos, bien pudiera ser la creación
de una Europa con un Ejército y una
moneda únicas.
2. Debido a la gran
cantidad de incidencias detectadas como
el resurgimiento de los nacionalismos excluyentes,
el cambio de materias educativas en los
Colegios, la descapitalización del
Estado Nacional..., y en el ámbito
militar, la propia profesionalización
de los Ejércitos, la participación
de determinadas Comunidades Autónomas
como fuentes casi exclusivas de sus RR.
HH. profesionales36
, la existencia de un proceso de desmilitarización
de la Sociedad con la PSS y sus consecuencias
de marginación para los Ejércitos,
la utilización de los mismos en política
exterior ...etc. Deben ser agrupadas según
su importancia, en concordancia con el método,
de forma natural.
3. Parece conveniente
utilizar un nuevo enfoque, tanto en la actuación
como en el análisis del tema.
4. No se conocen
de forma clara los pasos a dar para salir
de esta situación, pues, si bien
es verdad que la recluta profesional puede
solucionar a corto plazo el problema de
los Ejércitos, no es menos cierto
que la objeción e insumisión
en todas sus vertientes, es un proceso en
continua evolución que seguirá
afectando a las fuentes de RR. HH. de los
mismos disminuyendo su Bolsa Potencial,
siendo necesario aportar soluciones.
5. Es necesario
el consenso de todos los españoles
para abordar esta situación.
5.1.2. Construcción del DA.
Existe un primer
problema a resolver respecto a la aplicación
del método que se quiere emplear.
Para la aplicación del mismo este
pide formar, en primer lugar, un equipo
de trabajo, a poder ser interdisciplinar,
con conocimientos profundos del tema que
se va a tratar. Es decir, personas que dispongan
del conocimiento necesario para tratar las
distintas dimensiones del tema en cuestión.
El enfoque dado
al problema hace necesario la explicación
del propio método de trabajo para
poder llevarlo a efecto; se hace necesaria
la explicación del método
de Ingeniería de Sistemas. Sin embargo,
a pesar de la dificultad inicial en la formación
de este Grupo de trabajo, y teniendo en
cuenta que esto es una herramienta, se puede
realizar a posteriori de la Auditoría
del Sistema.
La Auditoría
del Sistema es el estudio preliminar que
hay que realizar para poder desarrollar
con éxito la Auditoría de
Procesos, que es el objetivo fundamental
de este trabajo. No se pueden entender los
resultados de ciertos procesos sin la existencia
de una estructura legal que los apoye e
incentive.
Una vez realizada
la Auditoría del Sistema, de la estructura
legal, se comunicará al grupo de
trabajo los resultados de la misma para
su estudio.
Posteriormente,
en concordancia con el método, se
realizará un proceso de tormenta
de ideas basándose en dicha Auditoría
para relacionar toda aquella normativa legal
que tiene influencia sobre las variables
escogidas que tienen una influencia mayor
en los cambios de criterio individuales
y colectivos de solidaridad Nacional. En
este sentido hay que especificar que no
siempre se realiza una tormenta de ideas,
por lo que, en caso de que el grupo no se
pueda formar, los datos se obtendrán
mediante encuesta a personas seleccionadas.
Las ideas se registrarán
y se transcribirán a tarjetas tipo
“flip-chart”. El objetivo de
esta fase es “capturar la esencia
del pensamiento”.
El siguiente paso
es poner de acuerdo al grupo en el contenido
de las tarjetas. Una vez que el grupo está
de acuerdo en el contenido de todas las
tarjetas se mezclarán y se repartirán
de forma aleatoria, para, posteriormente,
adherirlas en un tablero de superficie vertical
tipo Plano de Situación37
en el que se agruparán las tarjetas
relacionadas siguiendo las indicaciones
de los miembros del equipo. Para ello se
puede seguir el siguiente esquema:
1. Localizar dos
tarjetas que se encuentren relacionadas
entre ellas y posicionarlas una junto a
otra. Buscar en el conjunto total de las
tarjetas otras que estén relacionadas
con estas dos.
2. Repetir el mismo
proceso con el resto de las tarjetas.
La construcción
de un DA. es un proceso reactivo y por lo
tanto no se trata de un proceso contemplativo.
Es importante trabajar con rapidez y energía.
El silencio anima el proceso de pensamiento
múltiple evitando que los miembros
del equipo se vean atrapados en una batalla
semántica. En caso de que dos participantes
entren en una dinámica de situar
una tarjeta en una u otra agrupación,
se situarán en ambos grupos, lo que
permite utilizar esta herramienta de múltiples
formas.
 |
Fig.
12. Ejemplo de ordenación de
tarjetas, agrupación y tarjetas
de cabecera. |
Posteriormente,
se crearán las tarjetas de cabecera,
que deben identificar de forma clara el
“hilo” común que une
a las ideas que cuelgan de él. En
segundo lugar debe ser capaz de recoger
el “sentir” de los comentarios
del grupo.
Si existe un grupo
con una gran cantidad de tarjetas será
posible analizar la posibilidad de existencia
de subgrupos, con las subcabeceras adecuadas,
dentro del grupo.
Finalmente, una
vez obtenido el DA., el grupo debe revisar
todos los pasos dados y el resultado global.
Cuando se haya alcanzado el consenso global,
se transfiere la información del
plano de situación a soporte papel,
rodeando cada agrupación (y subagrupación
en caso de que existan) mediante una línea
para facilitar la visión de conjunto.
El establecimiento
de relaciones entre los grupos de ideas
y la determinación de su importancia
es objeto de otra de las herramientas (Diagrama
de Relaciones).
El último
paso es establecer una valoración
de los distintos elementos del problema.
Para ello, los participantes del grupo de
trabajo darán una puntuación
con el siguiente criterio:
(1) El elemento
es poco importante.
(2) El elemento
es importante aunque no es crítico.
(3) El elemento
es de una importancia crítica.
Estas puntuaciones
solo se asignan a las agrupaciones de primer
nivel o a las ideas solitarias. El valor
obtenido por cada grupo de ideas proporciona
un medio de reconocer el orden de importancia
que asigna el grupo a estas.
5.1.3. Desarrollo del DA.
5.1.3.1. Base de estudio para
el desarrollo del DA.
Es conveniente realizar
un estudio del Sistema (Auditoría
del Sistema) para comprender los procesos
que están ocurriendo en él.
La realización
de la Auditoría del Sistema, de la
estructura legal del Estado, en primer lugar
está justificada por las siguientes
razones:
1. La Administración
representa un ejemplo revelador de difuminación
de lo Político y Administrativo que
se percibe en lo orgánico, ya que
no están claros los límites
entre los órganos políticos
y administrativos, y en lo funcional, ya
que con frecuencia los órganos administrativos
desarrollan funciones correspondientes en
principio al otro conjunto.
2. Todo comienza
con la dificultad cada vez mayor de definir
a un órgano como político
o como administrativo. La Constitución
delimita un doble Sistema de acceso a los
cargos públicos en condiciones de
igualdad (art.23) y a la función
pública de acuerdo con los principios
de mérito y capacidad (art.103).
Serían cargos políticos aquellos
que fueran cubiertos por un Sistema de Libre
Designación entre personas que puedan
ser o no funcionarias.
La realidad se muestra
más compleja que la teoría
debido, principalmente, a que ésta
muestra unidades políticas absolutas,
cuyo nombramiento y separación es
libre, unidades administrativas absolutas,
cuyas funciones e ingreso se establecen
en normas preestablecidas, unidades políticas
relativas, cuyo nombramiento tiene requisitos
pero cuya separación es libre y unidades
administrativas relativas, cuyo nombramiento
es libre o sometido a condiciones especiales
de capacidad pero cuya separación
exige procedimiento reglado.
También en
niveles inferiores se pueden encontrar ejemplos
de órganos mixtos. Entre ellos se
pueden contar los puestos de atribución
indistinta, entre los que se encuentra el
personal eventual.
3. La difuminación
entre ambas funciones baja desde los puestos
directivos hasta la base de los funcionarios.
Los funcionarios no son sujetos impersonales
cuya actuación se desarrolla de forma
absolutamente aséptica. Se empieza
a asumir la relevancia que tiene el “elemento
personal” en la titularidad de cada
órgano que puede, en la medida de
sus posibilidades, politizar o tecnificar
la actuación del mismo.
Como resumen de
esto debemos de recordar el término
de “esfera de control” según
el cual todo directivo tiene una función
de enlace y bisagra entre dos equipos como
mencionamos en el apartado 2.4.1.
4. Es indudable
que el Gobierno ejerce una función
política que excede la mera función
ejecutiva. “El Gobierno dirige la
política interior y exterior38”.
Esto otorga al Gobierno el papel central
en el ámbito de la actividad política
y le concede el poder de trazar los principios
esenciales sobre los que se regirá
la Sociedad. En concordancia con ello, la
Constitución y el resto de la normativa
legal que la desarrolla le atribuyen una
serie de instrumentos mediante los que puede
hacer efectiva esa facultad, entre los que
se puede destacar la posesión de
un amplio poder normativo y la iniciativa
legislativa frente al Parlamento.
5. La jurisprudencia
postconstitucional admite la existencia
de actos políticos originados en
otras Administraciones territoriales, con
lo que se admite la existencia de otros
centros de producción de política;
la política se multipolariza. Entre
otros se pueden citar los siguientes:
a
El ingreso en Organismos Internacionales,
principalmente en la Comunidad Europea,
supone la aceptación de otro polo
de decisión política. Así
se deduce de la lectura del artículo
93 de la Constitución, que prevé
que mediante la firma de los Tratados previstos
en el mismo -en el que se incluye el Tratado
de Adhesión- se atribuyan a una Organización
Internacional competencias derivadas de
la propia Constitución.
b
La jurisprudencia admite la existencia de
actos políticos producidos en otras
Administraciones distintas de la Administración
del Estado. Se trata de una consecuencia
necesaria del reconocimiento de Autonomía
política a las Comunidades Autónomas
y de la plena aceptación de su capacidad
para emitir actos cuya naturaleza y relevancia
exceden de la propiamente administrativa.
c
Por su parte , la Sentencia del Tribunal
Supremo del 25 de Junio de 1986 dispone
de forma tajante que en la Administración
del Estado el único órgano
competente para elaborar actos políticos
es el Gobierno.
d
De lo expuesto se deduce la existencia de
otros focos de actuación política,
distintos al Gobierno, que inciden en los
procesos a estudiar. Conviene analizarlos
por si existiera una relación causal
entre los resultados que se están
produciendo en determinadas Regiones Autonómicas
y sus centros regionales de actuación
política. El mismo análisis
debemos efectuar respecto a la posible causa-efecto
de la firma de determinados Tratados Internacionales:
focos de actuación política
exterior.
5.1.3.1.1. Focos de actuación
política interiores.
El Gobierno de la
Nación. En “El Arte de Gobernar.
Historia del Consejo de Ministros y de la
Presidencia del Gobierno”, editado
por Tecnos, se diferencia entre “Gobierno”
y “Poder Ejecutivo”, si bien
ambos términos se emplean indistintamente
en el lenguaje cotidiano. Se afirma que
los términos son intercambiables
para referirnos al órgano gubernamental,
pero ello no quiere decir que las funciones
del Gobierno sean meramente ejecutivas,
limitándose el Gobierno a poner en
acción directrices o resoluciones
emanadas de otros órganos. Por el
contrario, también realiza tareas
a iniciativa propia que por antonomasia,
integran la verdadera función de
gobierno. Por ello, se afirma, desde una
perspectiva funcional, el término
ha recuperado su significado clásico
y viene a equivaler a orientación
y dirección, impulsando la labor
de otros órganos. Se refleja así,
continúa, la necesidad de las sociedades
modernas de disponer de un centro de coordinación
y dirección, no solo de la vida política,
sino de las líneas generales, sociales
y económicas a seguir por la colectividad.
Nuestra Constitución así lo
reconoce en su art.97, que resulta definitivo
en este aspecto: “El Gobierno dirige
la política interior y exterior,
la Administración Civil y Militar,
y la defensa del Estado. Ejerce la función
ejecutiva y la potestad reglamentaria de
acuerdo con la Constitución y con
las Leyes”.
Dirección
equivale a orientación e impulso,
de modo que, y según la misma fuente,
al atribuir al Gobierno la “dirección
de la política”, le atribuye
una capacidad de señalar metas, disponer
los medios para alcanzarlas, y fijar las
prioridades en el uso de tales medios.
Dentro de la función
directiva del Gobierno podemos distinguir
varias áreas: la de la Política
interior, la Administración Civil
y Militar, la Política exterior y
la Defensa Nacional. Las diferencias en
los impulsos que el Gobierno trata de dar
a una u otra las podemos cuantificar en
un monopolio, sin matices, que posee el
Gobierno cual es la Ley de Presupuestos
del Estado; esta Ley nos puede indicar con
una gran aproximación los objetivos
marcados a corto, medio y largo plazo en
función de la profundidad del análisis
que queramos realizar.
En cuanto a la iniciativa
legislativa, el Gobierno la comparte con
otros titulares, art.87 de la Constitución
(Cámaras, iniciativa popular y Comunidades
Autónomas), pero la abrumadora superioridad
de medios con que cuenta el Gobierno le
colocan en una situación de innegable
ventaja respecto a otros.
De todo lo expuesto
anteriormente se deduce la necesidad de
realizar un estudio de toda aquella normativa
de carácter general que influye en
los procesos de los cambios de criterio
de solidaridad Nacional, para su comparación
con las de aquellas Comunidades Autónomas
en las que los resultados no son los más
favorables para la Defensa Nacional.
Este foco de políticas
se tendrá en cuenta a lo largo del
resto del trabajo.
Los Gobiernos Autónomos.
La organización territorial autonómica
supone que no pueda hablarse ya de un solo
poder ejecutivo. La división competencial
efectuada por la Constitución y los
Estatutos de Autonomía supone que
hay funciones ejecutivas encomendadas al
Gobierno de la Nación y funciones
ejecutivas encomendadas al Gobierno de cada
Comunidad Autónoma.
Si bien estos no
tienen autoridad legal en materia de Defensa,
si que tienen poder para modificar las variables
que influyen sobre los criterios de solidaridad
y que influyen directamente en el rendimiento
de los procesos relacionados con la misma.
De ahí las diferencias tan abultadas
en los resultados de las diferentes Regiones
Autonómicas.
De todo lo expuesto
se hace necesario conocer las políticas
de los Gobiernos Regionales y la actuación
de las Administraciones locales para, en
comparación con las políticas
marcadas por el órgano de la Nación,
poder obtener conclusiones.
Este foco de políticas
se tendrá en cuenta a lo largo del
resto del trabajo.
5.1.3.1.2. Focos de actuación
política exterior.
Según Carlos
Westendorp y Cabeza, en “España
y el Tratado de la Unión Europea”,
la desproporción entre el gran peso
económico de la Comunidad Europea
y su escasa presencia en las relaciones
Internacionales, “un gigante económico
y un enano político”, así
como la existencia de áreas de intereses
comunes en materia de política exterior,
llevó a los negociadores del Acta
Única a intentar la superación
de una concepción exclusivamente
economicista de la Comunidad, introduciendo
elementos de cooperación política,
cuyos antecedentes hay que buscarlos en
la Cumbre de La Haya de 1969, en los Informes
de Avignon del año siguiente y Tindemans
de 1975, en la iniciativa Genscher-Colombo
(1981) y en la declaración solemne
de Sttutgart sobre la Unión Europea.
El Acta Única
Europea es un instrumento jurídico
que incluye la actuación o el ejercicio
conjunto en un ámbito que hasta entonces
estaba exclusivamente reservado a las competencias
de los Estados miembros: la política
exterior. De ello se deduce que la cooperación
política se institucionaliza dentro
de lo que se ha llamado el “Sistema
Comunitario”.
Llegados a este
punto hay que preguntarse en qué
consiste concretamente este Sistema. Carlos
Westendorp lo define como “la creación
de un espacio jurídico, económico
y políticamente integrado”.
Este último ámbito, que es
el que nos interesa, se plantea en el Tratado
de la Unión Europea, marcándose
el objetivo de la Unión Política.
Junto a los Estados miembros, depositarios
últimos de la soberanía Nacional,
coexisten las instituciones comunitarias,
de entre las cuales el Parlamento Europeo,
la Comisión y el Tribunal de Justicia
obedecen a una concepción claramente
supranacional. De la misma forma, el Consejo
de Ministros, cuando toma las decisiones
por mayoría, deja de ser una instancia
de cooperación intergubernamental
para convertirse en una verdadera institución
supranacional.
El Consejo Europeo
de Dublín, de Junio de 1990, reafirma
la necesidad de avanzar tanto en la integración
monetaria como en la política, y
seis meses más tarde el Consejo Europeo
de Roma da un impulso a esta idea convocando
dos Conferencias Intergubernamentales para
negociar en paralelo la Unión Política
y la Unión Monetaria, aunque ambas
no tienen porque conseguirse necesariamente
en el mismo plazo de tiempo.
El Tratado de la
Unión Europea (TUE.), aprobado en
Diciembre de 1991 por el Consejo Europeo
de Maastricht y firmado por los Ministros
de Asuntos Exteriores y de Economía
trata de responder a esta nueva situación.
En sus aspectos
formales el TUE tiene una estructura tripartita:
a Una parte que
modifica los Tratados de Roma, de París
y el Acta Única y que incorpora la
nueva UEM.
b Una parte referente
a las cuestiones de política exterior
y de seguridad común, incluyendo
la Defensa: PESC. (Política Exterior
y Seguridad Común).
c Una parte que
sistematiza la cooperación intergubernamental
en los ámbitos de Justicia e Interior.
En el tema que se
trata, la Política Exterior y de
Seguridad Común (PESC.), sucesora
de la Cooperación Política
Europea (CPE.), sistema de consultas y coordinación
de aspectos concretos de política
exterior de los Estados miembros, se configura
como algo que aspira a cubrir todas las
áreas de política exterior
y seguridad y que deriva de una de las exigencias
del Tratado como es la mayor solidaridad
entre los miembros de la Comunidad. Esta
exigencia viene impuesta por la situación
de inestabilidad del entorno y la constatación
de que existen áreas de interés
común y como efecto de este espíritu
la voluntad de Defensa Común.
Asimismo, es de
resaltar que, la innovación más
relevante en el tema en cuestión
es la incorporación plena de dicho
término al Tratado y la inclusión
incipiente, pero en continua evolución,
de lo que pudiera conducir a una Defensa
común y que dividió en su
momento a “Europeístas”
y “Atlantistas”.
El principal objetivo
de la Unión en materia de política
exterior y de seguridad es: “afirmar
su identidad en el ámbito Internacional,
en particular mediante la realización
de una política exterior y de seguridad
común que incluya en el futuro la
definición de una política
de Defensa común que podría
conducir en su momento a una Defensa común”39.
El articulo J.1
identifica los cinco objetivos generales
que han de guiar a la PESC. en su desarrollo:
1. La defensa de
los valores comunes, los intereses fundamentales
y la Independencia de la Unión.
2. El fortalecimiento
de la Seguridad de la Unión y de
sus Estados miembros en todas sus formas.
3. El mantenimiento
de la paz y el fortalecimiento de la seguridad
Internacionales, de conformidad con la Carta
de las Naciones Unidas, el Acta Final de
Helsinki y la Carta de París.
4. El fomento de
la Cooperación Internacional.
5. El desarrollo
y la consolidación de la Democracia
y del Estado de Derecho, el respeto de los
Derechos Humanos y de las libertades fundamentales.
Luis Felipe Fernández
de la Peña, Ex-Director General Adjunto
de Política Exterior, resume el Tratado
de Maastricht en materia de seguridad y
defensa en un objetivo inmediato, el desarrollo
de una política común de seguridad,
y dos objetivos mediatos: definir una política
común de defensa y llegar, en su
momento, al establecimiento de una defensa
común.
Por otra parte,
las disposiciones sobre seguridad y defensa
se recogen en el artículo J.4 del
Tratado y en una declaración aneja
en la que se toma nota de las dos declaraciones
adoptadas en paralelo por los Países
miembros de la UEO.
En el artículo
J.4 se establecen cuatro principios fundamentales:
1. La defensa pasa
a ser, en futuro condicional, una competencia
de la Unión.
2. Las cuestiones
que tengan repercusiones en el ámbito
de la defensa no estarán sometidas
al procedimiento de la acción común.
3. Para la gestión
de las implicaciones militares de sus decisiones
la Unión se valdrá de la UEO.
4. La política
de defensa de la Unión será
compatible con la política de defensa
común acordada en el marco de la
Alianza Atlántica.
De todo lo expuesto
se puede deducir que:
- Ha surgido un
nuevo foco de actuación política
de gran trascendencia en las políticas
de las Naciones que integran la Unión
Europea.
- La unidad de carácter
político y las tareas históricas
realizadas configuran la razón de
ser de la Conciencia de pertenencia a una
Unidad Supranacional que sirve de soporte
a su identidad.
- El proceso de
integración de la Europa de las Naciones
en un Estado supranacional pasa inexorablemente
por la creación de una moneda y un
Ejército únicos, herramientas
de tres pilares fundamentales como son el
comercio (interior y exterior), la defensa
y la política exterior.
- La disminución
de los Ejércitos Nacionales, y la
transformación cualitativa de éstos
obedece a las necesidades políticas
de defensa derivadas de los Tratados Internacionales
entre los componentes de la U.E, acorde
con la realidad social y económica
de las Naciones.
- La eliminación
de los Ejércitos Nacionalistas, “reservas
espirituales de la Vieja Europa de las Patrias”,
o al menos su control es uno de los imperativos
a conseguir para evitar que se repitan guerras
civiles de gran envergadura. La aparición
de nuevos procesos, como la Defensa Civil
y la desmilitarización de la Sociedades
se pueden enmarcar dentro del principal.
Se trata de ser “suficientes”
juntos sobre materias en las que no podemos
de ser suficientes independientemente, de
tal manera que se fortalece la Unión
y las Naciones integrantes. Se crea así
un proceso de necesidad en el ámbito
de la Defensa que autorealimenta el proceso
principal: el propio de la Unión
Europea.
- Los Ejércitos
dejan de ser utilizados como herramienta
de integración social de masas en
una Patria común. Se trata de limar
diferencias entre los Estados miembros respetando
la pluralidad lingüística y
cultural. En este sentido es significativa
la preocupación del que fue Secretario
de Estado para la Administración
Militar, D. Gustavo Suarez Pertierra 40,
respecto a la preparación que tenían
los españoles para defender sus valores
frente a posibles agresiones del exterior.
Asumir los nuevos valores será una
de las metas de los Ejércitos a corto
plazo para su transformación en las
Fuerzas Armadas de Europa.
En este contexto,
podemos iniciar la Auditoría del
Sistema, delimitándolo a nuestra
Nación y a sus propios focos de actuación
política.
5.1.3.2. Auditoría del
sistema.
5.1.3.2.1. Estructura Principal:
la Constitución.
a. No puede olvidarse
que, a diferencia de otros ordenamientos,
en nuestra Constitución las materias
son la pieza clave de la distribución
de competencias y que de su correcta delimitación
derivan consecuencias notables teóricas
y practicas, tanto en el ámbito jurídico
como en el político.
De estas materias
unas son exclusivas del Estado y otras compartidas
con las distintas Comunidades Autónomas.
Ahora bien, esta división en materias
se realiza desde el punto de vista jurídico,
no metajurídico (sociológicos,
económicos, técnicos, etc).
Es decir, concebir las materias como ámbitos
materiales exclusivos no equivale a que
a cada materia competencial le correspondan
en bloque y de forma excluyente, todas las
actividades relativas a un ámbito
material definido con criterios metajurídicos.
No existe exclusividad metajurídica
ni exclusividad funcional. El concepto jurídico
material de exclusividad es, pues, mas restringido
que el material metajurídico y que
el funcional. Es muy importante entender
el alcance de dicha delimitación
a los efectos de los resultados de los procesos
porque esta permite actuar en materias que
están relacionadas metajuridicamente
sin estarlo jurídicamente; es decir,
el propio Sistema permite actuar sobre determinadas
variables que inciden directamente sobre
procesos propios de otra materia sin caer
en la inconstitucionalidad.
Esto es debido a
que el funcionamiento del Sistema se basa
en un valor que se supone compartido por
todos como es la solidaridad; parece que
no se ha tenido en cuenta que podían
coexistir en el mismo Sistema organizaciones
que valiéndose del mismo, e incluso
compartiendo los mismos valores humanos,
negasen el espacio propio de aplicación
del mismo como Unidad fundamental.
Parece que no se
ha tenido en cuenta, técnicamente
hablando, que se podían iniciar procesos
sociológicos, económicos...
metajurídicos, desde ciertos focos
de actuación política interior
que tuviesen unos objetivos estratégicos
(a largo plazo) insolidarios. Parece que
no se ha tenido en cuenta el tiempo, factor
de gran importancia en los procesos sociológicos.
La combinación
de ambos factores en el contexto nos da
como resultado los Movimientos, que en unos
casos serán excluyentes pacíficos
y en otros violentos. Ambos con el mismo
objetivo: la autodeterminación y
la independencia.
Esto parece que
se ha podido llevar a efecto por la falta
de un mecanismo que relaciónase las
materias y autorealimentara el propio proceso
general de transformación nacional.
Como ejemplo de un proceso autorealimentado
podemos poner el propio de la Unión
Europea en lo que se refiere al PESC. El
propio proceso de reducción de los
Ejércitos Nacionales fortalece, autoalimenta
el principal que es la Unión Europea,
debido y, entre otros a una necesidad que
es mayor cuanto más pequeños
sean los Ejércitos Nacionales. Fortalece
el Sistema. En nuestro caso, el proceso
de profesionalización-reducción
de las FA,s., puede producir un efecto desintegrador
(Ver Flujos de Caja). Las fuentes de RR.
HH. profesionales de los Ejércitos
son naturales de otras Regiones de España.
La aportación de las Comunidades
de País Vasco y Navarra solo supone
un 1% del total. Esto supone que las guarniciones
de estas Regiones serán foráneas,
lo que fortalecerá la tesis de aquellos
que no tienen al Ejército Español
como propio de estas Comunidades, sino como
un Ejército de ocupación.
El proceso interno de profesionalización
apoya el particular de desintegración.
En este sentido conviene realizar el estudio
de los flujos de caja tanto en el Sistema
de recluta obligatoria como profesional,
para poder comparar los resultados. Hay
que analizar dichos flujos en función
del “producto intangible” pero
real que desarrollan los Ejércitos
en la conciencia social de Nación.
La delimitación
de los ámbitos materiales de las
competencias entre los distintos focos de
actuación política se realiza
a lo largo de todo el periodo atendiendo
a los distintos casos que se van presentando
en el Tribunal Constitucional, siendo por
ello siempre una tarea por terminar, un
proceso discontinuo.
Como resumen, se
puede decir que existe una división
de contenidos. El reparto de competencias
respecto a los mismos no se realiza directamente
por la Constitución, sino a partir
de ésta por los Estatutos de Autonomía
y, excepcionalmente, por otras Normas a
las que se denomina “Bloque de la
Constitucionalidad”. El Tribunal Constitucional,
en consecuencia, al resolver los conflictos
de competencia no ha de aplicar sólo
la Constitución; junto a ella y bajo
el marco por ella establecido, tiene que
aplicar e interpretar todo el Bloque de
la Constitucionalidad.
b. A esta división
en materias hay que añadir una división
territorial, como solución al problema
de la articulación del Estado, que
se encuentra en el art. 2, en el que se
afirma: “La Constitución se
fundamenta en la indisoluble unidad de la
Nación española, patria común
e indivisible de los españoles, y
reconoce y garantiza el derecho a la autonomía
de las nacionalidades y regiones que la
integran y la solidaridad entre ellas”.
Dos son, por tanto, los pilares sobre los
que se asienta: unidad (solidaridad) y autonomía.
c. Una cierta capacidad
de autogobierno u autoorganización,
(no otra cosa es la autonomía), se
reconoce también a otros entes que
integran el Estado, entendido en su conjunto;
“El Estado se organiza territorialmente
en Municipios, en Provincias y en las Comunidades
Autónomas... Todas estas entidades
gozan de autonomía para la gestión
de sus respectivos intereses”41.
La autonomía de los entes locales
posee una dimensión política
menor y, en consecuencia, sólo es
un elemento auxiliar en la definición
de la forma territorial del Estado, pero
de extrema importancia en el tema que estamos
tratando.
En la Región
de la que se poseen datos fidedignos: Vascongadas
y Navarra, existe una organización
territorial interna peculiar, con reflejo
en la Disposición Adicional Primera
de la Constitución; ello hace que
los llamados territorios históricos
(cuyo ámbito coincide con las Provincias
Vascas) posean un régimen particular
de competencias, contando con potestades,
incluso de tipo legislativo 42,
lo que les convierte en otro foco de actuación
política interior a tener en cuenta.
Ello se refleja en los gráficos de
control de incorporaciones al Servicio Militar
diferenciándose por Provincias que
se acompañan como Anexo. ¿Existe
alguna relación entre los resultados
que se producen y las direcciones políticas
de estas entidades?. Parece que sí.
Existe una división
del territorio, del continente, del espacio
donde se van a aplicar esas Normas. Esta
división del territorio en Autonomías
tiene una limitación en el Art.2
de la Constitución pues la Constitución
vincula el principio de autonomía
con el de unidad (solidaridad) y aquella
sólo puede predicarse respecto de
un poder más amplio en cuyo seno
se desarrolla. En este sentido, el Tribunal
Constitucional, ya desde una de sus primeras
Sentencias, deja constancia del carácter
limitado de la autonomía y de su
vinculación a la idea de unidad:
“En efecto, autonomía no es
soberanía..., y dado que cada organización
territorial dotada de autonomía es
una parte del todo, en ningún caso
el principio de autonomía puede oponerse
al de unidad, sino que es precisamente dentro
de éste donde alcanza su verdadero
sentido, como expresa el Art. 2 de la Constitución.43”
En el desarrollo
normativo de estas competencias transferidas
a las Comunidades Autónomas podemos
encontrar el germen de determinados procesos
que pueden ir contra los intereses generales
de la Nación.
5.1.3.2.2. Controles Jurisdiccionales
del Sistema.
Todo Sistema tiene
sus mecanismos de control. La actuación
de las Administraciones está sometida
a diversos tipos de controles, tanto de
naturaleza política como jurídica.
Estos nos podrán proporcionar información
adicional y nos podrán indicar donde
se encuentran los puntos débiles
del Sistema para mejorarlo.
No se puede entrar
en detalles de todos estos procedimientos,
pero se considera que es conveniente, para
tener un panorama completo del control de
naturaleza jurisdiccional44
de la actuación administrativa, los
siguientes:
- Procedimientos
especiales ante los Tribunales ordinarios.
Aquí solo nos interesa mencionar
aquéllos que tienen una especial
relevancia Constitucional, como sucede con
los que hacen referencia a la garantía
de los derechos fundamentales entre los
que se encuentra la garantía de objeción
de conciencia (L.O. 6/84).
- El Tribunal Constitucional
tiene encomendado el control de la actuación
de las Administraciones Públicas
en determinados campos. En lo que a este
estudio se refiere podemos mencionar los
siguientes:
•
Los conflictos de competencias entre el
Estado y las Comunidades Autónomas,
en los que el punto de referencia es la
Constitución y las demás Normas
del Bloque Constitucional.
•
El Tribunal Constitucional controla, a instancia
del Gobierno, la constitucionalidad de disposiciones
y resoluciones de rango inferior a Ley adoptados
por órganos de las Comunidades Autónomas
mediante el procedimiento de impugnación
previsto en el art. 161.2 de la Constitución
y desarrollado en el Titulo V de la Ley
Orgánica del Tribunal Constitucional.
En las impugnaciones que se realicen según
este procedimiento, también encontraremos
indicios de la iniciación de los
procesos que inciden en el objeto de estudio.
5.1.3.2.3. La Estructura Interna:
el Estatuto de Autonomía del País
Vasco (EAPV.)
La autonomía
de nacionalidades y regiones se diferencia
de la autonomía local por el contenido
político que posee. El Tribunal Constitucional
define las Comunidades Autónomas
como “corporaciones públicas
de base territorial y de naturaleza política”45.
El significado de
naturaleza política es la capacidad
del titular de la autonomía de impulsar,
orientar, dirigir y ejecutar una política
propia sobre aquellas materias que caen
en el ámbito del autogobierno 46.
En este sentido,
se ha definido la autonomía de las
nacionalidades y regiones como “una
capacidad de autogobierno que configura
a la Comunidad Autónoma como una
instancia de decisión política,
como un centro de gobierno con capacidad
para dirigir políticamente la comunidad
que se asienta en su ámbito territorial,
gestionando, según dichas orientaciones,
sus intereses propios, a través de
políticas propias, que pueden ser
distintas a las de otras instancias”.
En estas políticas
propias y en su materialización en
documentos legales, encontraremos los procesos
que influyen en el de la Defensa Nacional.
Antes de continuar
con el análisis de los puntos seleccionados
vamos a aplicar una herramienta adicional
para comprobar que estamos bien encaminados.
Esta herramienta es denominada Análisis
Factorial.
5.2. EL DIAGRAMA DE RELACIÓN.
5.2.1. Concepto.
El Diagrama de Relaciones
(DR.) es una herramienta también
utilizada en la fase de planificación
general. Esta herramienta ayuda a desarrollar
un contexto lógico para datos en
forma de ideas u opiniones explorando e
identificando las relaciones causales existentes
entre estos elementos. Nosotros lo utilizaremos
para analizar las relaciones causales existentes
entre las ideas clave generadas mediante
el Diagrama de Afinidad.
La aplicación
de esta herramienta está justificada
por los siguientes motivos:
1. El tema es lo
suficientemente complejo como para que la
interrelación entre ideas (causas
y efectos) sea difícil de determinar,
clasificar y priorizar.
2. La secuenciación
correcta de las actividades llevadas a cabo
por la dirección es crítica
en la resolución del problema.
3. Existe un sentimiento
de que el problema de la negación
de la Defensa Militar, en todas sus vertientes,
es, en realidad, un síntoma.
4. El número
de causas y las relaciones entre estas es
significativo y difícil de analizar
por separado.
5.2.2. Construcción del DR.
Al igual que en
el Diagrama de Afinidad, nos basaremos en
la elección del equipo correcto.
La composición puede ser la misma
o distinta del formado en el Diagrama de
Afinidad.
Las fuentes de las
que pueden extraerse los temas claves son
muy variados, pero teniendo en cuenta que
ya hemos desarrollado un DA., estos coincidirán
con las tarjetas cabecera.
El resultado será
el conjunto de tarjetas, en las que estarán
reflejadas las ideas. A grandes rasgos,
el DR. mostrará qué elementos
son causa y cuales son efecto y qué
causas son responsables de qué efectos.
Se debe de decir que algunos elementos serán
causa y efecto al mismo tiempo. Estas relaciones
las vamos a visualizar mediante flechas.
Previamente a la
actividad de determinar las cadenas de causalidad
y de trazar las flechas representativas
posicionaremos las tarjetas sobre un soporte.
Existen distintas formas de realizar esta
ordenación. Nosotros vamos a utilizar
una ordenación estructurada, convergente
en el centro. La estructura estará
formada por las materias constitucionales,
que son la pieza clave de la distribución
de competencias como ya analizamos en la
Auditoría del Sistema.
Es el momento en
que el equipo trabaja en determinar qué
causas son responsables de que efectos seleccionando
parejas de tarjetas. Por ejemplo: “¿Esta
idea (tarjeta A) es causa o tiene influencia
en esta otra idea (tarjeta B)?.
El análisis
del DR. se inicia contabilizando el número
de flechas que entran y el que salen de
cada tarjeta. Esta información será
contabilizada en la esquina superior de
cada tarjeta. Utilizaremos el convenio ENTRADA/SALIDA
(p.e. 5/2 significará que entran
cinco flechas y salen dos flechas de la
tarjeta). Después de esta contabilización,
es el momento de analizar la existencia
de pautas.
- Factores
clave: Se denominan a aquellos
que presentan un mayor número de
flechas, tanto entrantes como salientes,
significando que son factores que influyen
o son influidos por un gran número
de temas.
- Efectos
clave: Aquellos que tienen un mayor
número de entrantes que de salientes.
- Hitos
clave: Aquellos que tienen el mismo
número de entrantes que de salientes.
- Conductores
clave: Aquellos que tienen muchas
más flechas salientes que entrantes.
Corresponderán, generalmente a las
ideas centrales o principales.
 |
Fig.
13. Diagrama de Relación. |
En
la aplicación de esta herramienta
al problema estamos implícitamente
afirmando que hasta el comportamiento social
sin ley se explica científicamente
por leyes. Esto quiere decir que algunos
hechos pueden quedar fuera del conjunto
de las leyes consideradas (jurídicamente),
pero no fuera de toda ley (metajurídicamente
hablando).
5.3. EL ANÁLISIS FACTORIAL.
5.3.1. Concepto.
El Análisis
Factorial de Datos es una herramienta utilizada
fundamentalmente en el análisis de
procesos. Su utilización radica en
la determinación de las características
representativas de cada variable que se
está analizando. Por ejemplo, ¿cuáles
son las características representativas
de los grupos de personas a quienes no satisface
la Defensa Militar de España en la
Región objeto de estudio?.
El término
Análisis Factorial es un nombre genérico
con el que se etiquetan un conjunto de técnicas
multivariable utilizadas en el procesamiento
de datos. Estas técnicas parten o
bien |