A propósito del artículo de Amaya Guerra.

Con ocasión de la lectura del artículo de hoy de Amaya Guerra, he tenido la curiosidad de investigar qué diferencia existe entre la figura de Rey con la de La Corona, por sus implicaciones territoriales, y, estos son los resultados que creo aclararán muchos interrogantes y crearán otros.

La palabra «corona» tiene un significado que no he encontrado en otra lengua. Así podemos ver que en la antigua España, mientras Portugal, Granada y Navarra eran Reinos, Aragón y Castilla eran Coronas. He leído a través de redes para averiguar de donde procede esta diferencia, y la respuesta más acertada, al menos desde el punto de vista que le estamos dando a este artículo, es que corona simbolizaba un reino que realiza o realizó una expansión de dominio, pero que a diferencia del reino, en vez de someter o esclavizar una ciudad, prefirió llegar a determinados acuerdos, que convertían esa ciudad en parte de sus dominios, pero dicha ciudad mantenía una independencia económica y política, siendo así una suerte de aliados-súbditos independientes pero que son considerados y que se consideran así mismo parte de esa entidad superior. No está claro por qué comenzaron a utilizar el término Corona para diferenciarse pero este es un significado más que con el paso del tiempo hemos perdido, ya que en otros idiomas es imposible encontrar esta acepción.

Aclarado este vocablo, debemos de plantear una pregunta ¿Cómo hay que abordar las instituciones históricas de una corona tan cambiante?, ya que, obviamente, la Corona de Aragón no ha sido como la de Castilla. La primera estaba compuesta por reinos diversos, condados importantes y territorios, hoy en día italianos. Castilla, por muy grande que fuera, era sólo un reino. Tenía unas instituciones mucho más sencillas y menos opuestas a la autoridad del rey. Pero la Corona de Aragón desde la época medieval y, por supuesto, en los siglos modernos, antes de desaparecer por medio de los Decretos de Nueva Planta, mantenía una complejidad tal que, necesariamente, hay que desenredar. De entrada, cada reino defendía su tierra. Sentía que la autoridad última era la de su país y éste, mediante sus Cortes, exigía el juramento de sus leyes al soberano que fuera. El rey, fuese quien fuese, era un monarca y, como sabemos, monos quiere decir uno. La realeza pretendía, cada vez más con el avance de los tiempos, obtener un poder más suyo, hasta cierto punto autoritario, por no hablar de absoluto, cuestión imposible teóricamente en los reinos de la Corona de Aragón.

Por esta razón la monarquía dio pie a crear unas instituciones a su vera, que dependían de ella directamente, y cuando el rey no podía establecer su corte exclusivamente en uno de sus territorios. Esta situación ocurre en la época medieval, y desde entonces, el monarca debe buscar sustitutos de su presencia. Pero en los siglos de la modernidad y, en concreto, desde Carlos V, el resto de los Austria comenzando por Felipe II crearon la villa y corte de Madrid, una capital consolidada de la monarquía, fuera de la Corona de Aragón.

¿Cómo arregla el rey este agravio consagrado en los siglos XVI y XVII con el avance ya claro de la unión dinástica de Isabel y Fernando? Sencillamente la monarquía unitaria en su interior, que no en sus reinos, se ve obligada a establecer instituciones propias. Son éstas las que puedan representar al rey según lo que el soberano quiera. Son éstas las que le ayudan a gobernar desde el centro de la corte, pero teniendo en cuenta que, teóricamente, deben mantener toda la perspectiva de los reinos. Son estas instituciones las que deberían que asegurar la justicia suprema. Me estoy refiriendo a las instituciones representativas del rey: el lugarteniente general o virrey, llamado así más popularmente; Consejo de Aragón y la Real Audiencia.

Pero frente a ellas y a la vez con ellas surgen las instituciones que dicen defender a la propia tierra, a sus leyes que vienen del pasado y se acumulan en códigos cada vez más gruesos, que intentan protegerse de las excesivas exigencias fiscales que van a engrosar las arcas de la monarquía. Son las instituciones representativas de reinos y condados. En general comunes todas ellas en los distintos países de la Corona de Aragón y de los distintos reinos que conforman la Corona de Castilla; los reyes de la corona de Castilla poseían los títulos de Rey de Castilla, León, Navarra, Granada, Toledo, Galicia, Murcia, Jaén, Córdoba, Sevilla, los Algarves, Algeciras y Gibraltar y de las islas de Canaria y de las Indias e islas y Tierra Firme del mar Océano y Señor de Vizcaya y Molina. Su heredero portaba el título de Príncipe de Asturias. . Comunes en cuanto a una estructura similar, que no iguales. Son y deben ser diversas, porque cada una de ellas es propia en su reino. Así habrá de estudiarse las Diputaciones Generales de cada territorio, las diversas Cortes de estas, y la mayor especificidad del reino de Aragón con más brazos en Cortes y con una institución exclusivamente representativa del mismo: el Justiciazgo; y de las Cortes de Navarra, convocadas en Pamplona por el virrey castellano y sólo con la asistencia de beamonteses, nombraron a Fernando el Católico rey de Navarra. El 7 de julio de 1515 las Cortes de Castilla en Burgos, sin ningún navarro presente, anexionan el Reino de Navarra al de Castilla. El nuevo rey se comprometió a respetar los fueros del reino.

Los reyes posteriores continuaron jurando las leyes propias navarras. Sin embargo, a partir del siglo XVIII con la llegada de los Borbón, los fueros comenzarán a ser definitivamente atacados hasta ser abolidos en el siglo XIX. 

Tras la victoria de Isabel en la guerra civil castellana y la ascensión al trono de Fernando, las dos coronas más importantes estarán unidas bajo los mismos monarcas, pero Castilla y Aragón estarán separadas administrativamente, cada corona conservará su identidad y leyes, las cortes castellanas permanecerán separadas de las aragonesas, y la única institución común será la Inquisición. A pesar de sus títulos de Reyes de Castilla, de León, de Aragón y de Sicilia, Fernando e Isabel reinaban más cada cual en los asuntos de sus respectivas Coronas, aunque también tomaban decisiones comunes. La posición central de la Corona de Castilla, su mayor extensión (3 veces el territorio aragonés) y población (4,3 millones frente a los cerca de 1 millón de la Corona de Aragón) harán que tome el papel dominante en la unión.

Las dos Coronas más importantes que conforman el actual reino de España no estuvieron unidas administrativamente desde el principio, es más, tendremos que esperar hasta el año 1715 con el fin de la guerra de Sucesión española y la entrada de los Borbones en España para encontrar una verdadera unión territorial.

Así las cosas, el rey de España, ostenta los siguientes títulos pertenecientes a Coronas de Castilla y Aragón:

  • Rey de España (y, dentro de esta, de Castilla, León, Aragón, Navarra, Granada, Toledo, Valencia, Galicia, Mallorca, Sevilla, Córdoba, Murcia, Jaén, Algeciras e Islas Canarias), Los Algarves, Gibraltar, Córcega, Cerdeña, Dos Sicilias, Hungría, Croacia, Dalmacia, Jerusalén, Indias Orientales, Indias Occidentales e Islas y Tierra Firme del Mar Océano.
  • Duque de Borgoña, Bravante, Milán, Atenas, Neopatria, Limburgo, Lotaringia, Luxemburgo, Güeldres, Estiria, Carniola, Carintia y Wurtemberg.
  • Archiduque de Austria.
  • Conde de Flandes, Tirol, Rosellón, Cerdaña, Habsburgo, Artois, Hainaut, Namur, Gorizia, Ferrete, Kyburgo y Barcelona.
  • Señor de Salins, Malinas, La Marca Eslovena, Pordenone, Trípoli, Vizcaya y Molina.
  • Marqués de Oristán y Gocíano.
  • Landgrave de Alsacia.
  • Príncipe de Suabia.
  • Margrave del Sacro Imperio Romano y Burgau.
  • Emperador del Imperio Romano de Oriente.

De esta forma, el título largo se divide en tres tipos de reconocimientos: títulos históricos de soberanía, es decir, de territorios que pertenecen de iure a España, como Córdoba o León; títulos de pretensión, aquellos basados en razones políticas, como Gibraltar; y títulos pro-memoria, en referencia a los territorios perdidos que algún día fueron administrados por la corona española, como las Indias Orientales o Milán. Muchos de ellos fueron acuñados por Carlos I de España y V de Alemania, el que fuera emperador del Sacro Imperio Romano Germánico.

El título largo del Almanaque de Gotha, sin embargo, no incluye el del Imperio Romano de Oriente. Aunque no se tiene constancia de que ningún monarca español hiciera uso en algún momento de los títulos imperiales bizantinos, lo cierto es que los Reyes Católicos se hicieron con ellos tras comprárselos a su último titular en 1502, Andrés Paleólogo, sobrino del último emperador bizantino Constantino XI.

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