De la construcción a la destrucción del Estado.

Es en este artículo en el que debemos referirnos a un aspecto del estudio de los Estados federales al ocuparnos de su pluralidad interna, en el que tenemos la ocasión de sostener la muy diferente significación jurídica y política de lo que se tipifica como diversidades, deshomogeneidades y asimetrías. Mientras las primeras nacen de los contrastes de población, geográfica, política y desarrollo económico que encontramos con carácter general entre las diversas unidades políticas que componen un Estado federal, las deshomogeneidades tienen su origen en las diferencias que están vinculadas a las esferas competenciales respectivas de las citadas unidades, diferencias que pueden ser la consecuencia de diferencias naturales, no puede tener competencias en materias costeras el territorio que carece de costa, o de decisiones políticas de los poderes de aquellas unidades, pero sin que ni en uno ni en otro supuesto se produzca como consecuencia de tales diferencias competenciales una alteración de la posición político-constitucional de las entidades federadas. Las asimetrías presentan una naturaleza sustancialmente distinta, pues emanan de opciones que van dirigidas a crear diferencias entre las unidades como ocurre en España. Algunas de estas asimetrías aparecen como la expresión, y al propio tiempo la respuesta , al fenómeno que, tras determinar en gran medida la aparición de los más genuinos federalismos descentralizadores como el belga o el español, ha condicionado esencialmente su dinámica hasta hacerlos sustancialmente diferentes de todos los que han compuesto el objeto de estudio: me refiero al fenómeno de los nacionalismos interiores.

De hecho, a juicio de Blanco Valdés, es la existencia de tales nacionalismos interiores el auténtico elemento diferencial de los federalismos belga y español respecto a todos los demás. Así, los Estatutos de Autonomía deben ser aprobados en nuestro país no sólo por las respectivas asambleas regionales, sino también por las Cortes Generales, lo que constituye, sin duda, una diferencia nada irrelevante en comparación con la situación que rige en la práctica totalidad de los Estados federales, cuyas Constituciones federadas se aprueban sin intervención ulterior del parlamento nacional: Bélgica es también una excepción, pero lo es porque en Bélgica… no hay Constituciones regionales. A esos efectos basta recordar lo que ocurrió en su día con el Plan Ibarretxe, un proyecto de reforma del Estatuto Vasco aprobado por el parlamento regional el 30 de diciembre de 2004 que, por ser radicalmente contrario a la Constitución y plantearse en realidad como un texto para una futura secesión, fue rechazado por la inmensa mayoría de los miembros del Congreso de los Diputados el 1 de febrero de 2005; o en otro contexto, con rememorar lo sucedido posteriormente con el nuevo Estatuto de Cataluña, que, tras ser aprobado por el parlamento regional el 30 de setiembre de 2005 en una formulación plagada de previsiones contrarias a la Constitución, fue reformado en profundidad, según este autor, por las Cortes Generales, que modificaron el texto original en 157 artículos de los 227.

Las vicisitudes provocadas en España por la presencia del factor nacionalista, que sólo sorprenderán a quienes desconozcan su realidad política desde el arranque de la etapa democrática que comienza en 1977, demuestran de un modo palpable que la principal característica diferencial de nuestro federalismo no reside en este o aquel elemento definidor del modelo constitucional, sino en la existencia de partidos nacionalistas que, además de una dinámica político-territorial propia en sus territorios, han impuesto una dialéctica general en el conjunto del Estado que ha terminado por permear todo el funcionamiento del Estado federal.
La persistencia del llamado problema nacional que no va a ser otro que el de la existencia de partidos nacionalistas que reivindican sin tregua una reacomodación del modelo autonómico español con la vista puesta en superarlo antes o después, caminando al confederalismo, primero, y hacia la independencia con posterioridad ha creado un hartazgo en la opinión pública como consecuencia de una creciente frustración.

Basado en Roberto L. Blanco Valdés, «Los rostros del federalismo», Alianza Editorial, 2012. Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Santiago de Compostela.

Enrique Area Sacristán
Teniente Coronel de Infantería.
Doctor por la Universidad de Salamanca

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