Alerta al electorado de Castilla y León

Dirijo esta misiva a la directiva del PP y a los miembros del Gobierno de la Comunidad de Madrid, con el fin de que rectifiquen su ejecutoria por los hechos que expreso a continuación si no quieren verse a corto plazo en el paro u otro lugar menos aconsejable.

Igualmente me dirijo a la militancia del partido en Castilla y León, próxima a elegir su gobierno autonómico, y a importantes asociaciones de empresas a fin de que saquen las consiguientes conclusiones que les permitan la opción más conveniente para evitar ser atropellados y contribuir con su erróneo voto al atropello de sus conciudadanos.

La historia, cuyo último capítulo permanece todavía inédito por la indolencia hispana, tiene su origen en la prohibición en virtud de competencias ilícitas de la procesión del Corpus Christi de Mayo de 2016, de mi parroquia castrense de Madrid el domingo 29 de mayo de 2016 por la entonces concejala presidenta del distrito de Latina del Ayuntamiento de Madrid, Esther Gómez Morante, del partido Ahora Madrid, y actualmente concejala del partido Más Madrid.

Pretendiendo defender la ley, durante más de los 3 últimos años me he dirigido reiteradamente a los mismos destinatarios del presente mensaje enviándoles la información y documentación relativa al asunto en cuestión instándoles a tramitar los actos religiosos en la vía pública según lo dispuesto en el Artículo octavo Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión que establece que “la celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas” recibiendo por toda respuesta un displicente silencio y una reiterada y contumaz vulneración de la citada norma.

Las autoridades municipales no están consideradas como autoridades gubernativas en ningún texto legal, por lo que la autoridad gubernativa a quien los organizadores o promotores de actos religiosos en la vía pública deben comunicar la celebración de los mismos es la correspondiente Delegación o Subdelegación del Gobierno, pero en ningún caso solicitar autorización al ayuntamiento.

El Coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos Orihuel, a la sazón Director del Gabinete de Coordinación y Estudios, en escrito de REF NOR/, SALIDA Nº 3982 de 14 de JUL 2017, me comunica que “las reuniones con finalidad religiosa en lugares de tránsito público deben quedar sujetas al régimen general de comunicación de los artículos 8 a 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión”.

El entonces Subdelegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, actualmente Viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y destinatario de este mensaje, en escrito de 2 de noviembre de 2017, me reitera cuanto figura en el escrito anterior, añadiendo que confirma que la Delegación del Gobierno en Madrid “tramitará las solicitudes” de procesiones religiosas.

Hasta la fecha, en todo el territorio español se vienen tramitando los actos religiosos en la vía pública mediante la solicitud de autorización de sus organizadores a los respectivos ayuntamientos, en flagrante vulneración de la mencionada Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, y a pesar de mis reiterados requerimientos de acatamiento de la misma.

Consiguientemente, además de intentar engañarme, mienten descaradamente el entonces Jefe del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, Coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos Orihuel, y el entonces Subdelegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, actualmente Viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, que ladinamente manifiesta que la Delegación del Gobierno en Madrid “tramitará las solicitudes” de procesiones religiosas, en lugar de “tramitará los actos religiosos en la vía pública”, conforme a la citada Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, desde la seguridad de que, en notoria connivencia con el entonces Jefe del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, Coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos Orihuel, no recibiría en lo sucesivo ninguna “solicitud de tramitación” de procesiones religiosas, a pesar de haberle solicitado reiteradamente que comunicase a las entidades concernidas en el caso que en lo sucesivo deben tramitar los actos religiosos en la vía pública según lo establecido en la citada Ley Orgánica 9/1983.

La responsabilidad de estos hechos alcanza igualmente a Concepción Dancausa Treviño, Delegada del Gobierno en la Comunidad de Madrid en las fechas de los mismos, destinataria de este mensaje y actualmente Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y por tanto superior jerárquica directa del entonces Subdelegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, actualmente Viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

Desde que ocurrieron los hechos he dirigido numerosos escritos a la directiva del PP y a los miembros de su grupo parlamentario en la Asamblea de Madrid revelándoles estos excesos y solicitando la correspondiente depuración de responsabilidades en el seno del partido, recibiendo el silencio por toda respuesta.

Isabel Díaz Ayuso, con el apoyo parlamentario de VOX, conocedor de estos hechos, ha formado sus dos gobiernos incluyendo en ellos a los infrascritos Concepción Dancausa Treviño y Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, es decir que para ella y para cuantos aplauden irracionalmente sus dichos y hechos ignorando que una necedad aplaudida por muchos no deja de ser una necedad, la vulneración de una Ley Orgánica reguladora por tanto de un derecho fundamental como el de reunión, es suficiente motivo para premiar a los transgresores con suculentos sueldos y altos cargos de los que en reiterados escritos les he exigido que dimitieran, exigencia para la que les ha faltado dignidad, vergüenza y sentido del decoro.

Resulta obligado reseñar que la vulneración de la citada Ley Orgánica 9/1983 supone una discriminación de la población católica por cuanto es singular e ilícitamente obligada a “solicitar autorización al respectivo ayuntamiento” para celebrar sus actos religiosos en la vía pública, en tanto que cualquier otro ciudadano “comunica” sus actos a realizar en la vía pública a la Delegación o Subdelegación del Gobierno sin antecedentes negacionistas en el asunto en cuestión.

Esta retahíla de excesos contra nuestro Estado de Derecho, su ordenamiento jurídico y el respeto debido al ciudadano que solicita a estos déspotas irredentos el acatamiento de la ley sin premiar a los delincuentes, demandan que en un acto televisado pidan perdón de rodillas a los españoles en el centro de la Puerta del Sol de Madrid, por creerse dueños absolutos del territorio que tiene la desgracia de aguantarles gobernando de forma que su voluntad esté por encima de la ley cometiendo cualquier desmán contra quien estimen oportuno como demuestran los hechos que anteceden.

Estos hechos, que suponen un apoyo a los prohibicionistas de la concejala de ultraizquierda Esther Gómez Morante, los he comunicado igualmente a Alfonso Fernández Mañueco sin que ni siquiera haya tenido la educación de acusar recibo, inducen al electorado a responder al Partido Popular con el mismo desprecio que dispensa a los demás.

Como el resto de los hasta ahora contendientes en la farsa electoral tampoco merece el voto del ciudadano por circunstancias tan conocidas como soportadas, al electorado de Castilla y León compite cualquier otra alternativa para evitar que sigan destrozando España y despreciando a los españoles.

No obstante, para lavar sus culpas evitando un cataclismo electoral, demostrar al electorado de Castilla y León su buena crianza, su respeto a la ley y al ciudadano, a poco inteligentes que sean los dirigentes del PP destinatarios de este mensaje, durante la campaña electoral tienen la obligación moral de comunicar personalmente y por esta vía a los destinatarios “CC” del mismo y a mí que todos los ayuntamientos gobernados por sus militantes, especialmente el de Madrid, capital de España, van a cumplir en lo sucesivo la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, en la tramitación de actos religiosos en la vía pública, y a Isabel Díaz Ayuso a que a la mayor brevedad posible decrete el cese inmediato en sus actuales cargos de Concepción Dancausa Treviño y de Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

Efrén Díaz Casal

Coronel de Infantería (R)

Compartelo:
  • Facebook
  • Twitter
  • Google Bookmarks
  • Add to favorites
  • email

Enlace permanente a este artículo: https://www.defensa-nacional.com/blog/?p=11592

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.