La herencia de la justicia franquista

En 2012, Carlos Jiménez Villarejo y Antonio Doñate, fiscal y juez, en la presentación de su libro titulado Jueces pero parciales, opinaban que “el franquismo y sus fundamentos autoritarios y antidemocráticos continúan estando presentes en una parte del poder judicial”y veían con preocupación algunas de las medidas del entonces gobierno del PP en el poder “tendentes a restringir gravemente, y hasta suprimir, derechos civiles democráticos que nos parecían irreversibles, recurriendo incluso a un incremento de la penalización de ciertas conductas consistentes en el ejercicio de aquellos derechos…”.

Pocos saben que el 9 de febrero de 1939 se promulga la Ley de Responsabilidades Políticas, que en su preámbulo indicaba: «El Gobierno, consciente de los deberes que le incumben respecto a la reconstrucción espiritual y material de nuestra Patria, considera llegado el momento de dictar una Ley de Responsabilidades Políticas, que sirva para liquidar las culpas de este orden contraídas por quienes contribuyeron con actos u omisiones graves a forjar la subversión roja, a mantenerla viva durante más de dos años y a entorpecer el triunfo providencial e históricamente ineludible del Movimiento Nacional, que traduzca en efectividades prácticas las responsabilidades civiles de las personas culpables”.

El 1 de marzo de 1940 se promulga la Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo, que en su preámbulo decía: “En la pérdida del imperio colonial español, en la cruenta guerra de la Independencia, en las guerras civiles que asolaron a España durante el pasado siglo, y en las perturbaciones que aceleraron la caída de la Monarquía constitucional y minaron la etapa de la Dictadura, así como en los numerosos crímenes de Estado, se descubre siempre la acción conjunta de la masonería y de las fuerzas anarquizantes movidas a su vez, por ocultos resortes internacionales. Estos graves daños inferidos a la grandeza y bienestar de la Patria se agudizan durante el postrer decenio y culminan en la terrible campaña atea, materialista, antimilitarista y antiespañola que se propuso hacer de nuestra España satélite y esclava de la criminal tiranía soviética”. 

El 2 de marzo de 1943 se publica la Ley de Rebelión Militar, en la que toda la represión social se somete al Código Militar y se juzga a través de los Consejos de Guerra, y que en su artículo primero establece: «Serán considerados reos del delito de rebelión militar y penados con arreglo al Código de Justicia Militar o del Penal de la Marina de Guerra: Primero. Los que propalen noticias falsas o tendenciosas con el fin de causar trastornos de orden público interior, conflictos internacionales o desprestigio del Estado, Ejércitos o Autoridades. Segundo. Los que conspiren por cualquier medio o tomen parte en reuniones, conferencias o manifestaciones con los mismos fines expresados en el apartado anterior. Cuarto. Los que realicen actos con propósito de interrumpir o perturbar los servicios de carácter público o las vías y medios de comunicación o transporte. Podrán también tener este carácter los plantes, huelgas, sabotajes, uniones de productores y demás actos análogos cuando persigan un fin político y causen graves trastornos al Orden Público”.

Tras ello, conviene recordar que, tras la muerte de Julián Grimau, (inspector de la Brigada de Investigación Criminal durante la guerra civil española, miembro del comité central del PCE desde 1954, en 1959 se instaló clandestinamente en España y tres años después arrestado, condenado a muerte en un consejo de guerra y fusilado), se elimina la Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo y se crea el Tribunal de Orden Público (TOP), creado por la Ley 154/1963, de 2 de diciembre, sobre Creación del Juzgado y Tribunales de Orden Público, que fue un instrumento de represión usado por el régimen franquista para reprimir delitos como injurias al Jefe del Estado o los de asociación ilícita. Así, decía que esta ley «organiza dentro de la jurisdicción ordinaria un Tribunal y Juzgado a los que confiere competencia privativa para conocer de los delitos cometidos en todo el territorio nacional, singularizados por la tendencia en mayor o menor gravedad a subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional”.

Este Tribunal de Orden Público fue estrenado por Timoteo Buendía quien, el 2 de octubre de 1963, delante del televisor de un bar al ver la imagen de Franco gritó: «¡Me cago en Franco!«. A Don Timoteo aquel grito le costó muy caro: El Tribunal de Orden Público lo condenó a 10 años de cárcel. Hoy seguimos viendo -atónitos- las mismas condenas por los mismos delitos en nuestros tribunales democráticos, una vez que el TOP se suprimió y pasó a ser la Audiencia Nacional.

La historia avanza y el barniz de la democracia circulaba por las entrañas de las instituciones hasta la reforma del Poder Judicial de 1985, en que asistimos a la muerte de Montesquieu a manos del entonces vicepresidente Alfonso Guerra.

La persecución de la crítica se ha convertido en una cruzada para las instituciones que cohabitan en la piel de toro. Cada vez el escenario en que vivimos se parece más a la Europa de entre guerras donde la libertad de expresión se castigaba con la cárcel, y donde la palabra era perseguida y encerrada en campos de concentración llamados de reeducación. Vuelve la censura y vuelve la maquinaria de represión que estaba intacta desde los Pactos de la Moncloa. 

Los regímenes construidos en el tiempo hablan siempre de que buscan lo mejor para su pueblo, y cuando se van asentando en el poder siempre buscan todos los elementos a su alcance para perpetuarse en el poder, sea como sea, y al precio que sea. Pero también buscan a los que critican para señalarlos como enemigos del pueblo, con el objetivo de aplastarlos a todos.

Ese concepto de enemigo del pueblo les abre las puertas a cometer todos los desmanes posibles contra los ciudadanos indefensos. También a los regímenes les gusta prohibir con el objetivo de controlar a toda la sociedad. Solo ellos dicen lo que es lícito y lo que es ilícito. Y lo más penoso es que sus postulados son refrendados por los tribunales, como un ejercicio de democracia y de libertad.

En 2016, el entonces juez decano de Guadalajara, Jesús Villegas, indicaba a El Mundo: “A un juez se le corrompe invitándole a que se manche la toga con el polvo del camino, es decir, a que juzgue según su ideología en vez de en función del Derecho”. Y esta otra frase de hondo contenido: “La independencia judicial existe sobre el papel. Nuestro ordenamiento jurídico está trucado. No me llaman para dictarme una sentencia, pero si investigo a un político de un partido, ese mismo partido, que ha nombrado a mi jefe (el CGPJ), puede expedientarme”.

No digo más para que no me empapelen por desacato, pero sepa S. ILLMA que a mí no me la pega: es una sinvergüenza. Sí, me refiero a S. ILLMA, sí, usted.

Enrique Area Sacristán.

Teniente coronel de Infantería. (R)

Doctor por la Universidad de Salamanca.

Compartelo:
  • Facebook
  • Twitter
  • Google Bookmarks
  • Add to favorites
  • email

Enlace permanente a este artículo: https://www.defensa-nacional.com/blog/?p=14639

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.