¡¡Pleitos tengas…y los ganes!!

Es la maldición del gitano. Sin mala intención, pero con doble carga de zapa. Ver el estado actual de la Justicia, más bien de la INJUSTICIA que nos embarga por doquier, a poco que seas civilizado y confíes toda solución de lo que discrepes y consideres que la razón, por la que se guiaba la Justicia romana y secundada en la Hispania, que fue dominada; a la que debemos atenernos.

Como Ley de Leyes (STC.,104/86,entre otras muchas), la Constitución Española de 1978, en su artículo 24.1 se fija, que todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales, en el ejercicio de sus derechos legítimos, sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión.

¿Qué ocurre, cuando planteas un pleito, como derecho legítimo, ante el Juez Ordinario predeterminado por la Ley y como patata caliente, va y viene de mano en mano, para al final, año sobre año, sin respuesta?

Lo único que queda, es esperar y llegado el caso acudir a la vía disciplinaria de los Jueces, haciendo constar, la vulneración del DERECHO FUNDAMENTAL, que está ocurriendo, con indefensión y sin la diligencia adecuada, por parte del Juez, que ocasiona otra vulneración, como son las DILACIONES INDEBIDAS.

Con dicho proceder caemos, en la venganza del juzgador, que adoptará la triquiñuela clásica, respecto a quitarse el caso, como sea, atendiendo a las presiones, que los entes militares, tienen cortocircuitados, para que te electrocuten por todos lados, con razón o sin ella.

En último caso dirán que la «idiosincrasia» del demandante, obligan a que recurran por otra vía, con lo cual, se quitan el caso de enmedio, dicho coloquialmente, haciendo decaer todo en el Tribunal Supremo (Sala V de lo Militar), como si un militar fuese un ente raro, despreciado, que no merece ser ni tan siquiera considerado, en la Jurisdicción Ordinaria, originariamente emprendida y aceptada, por ésta.

El calvario gitano está servido. Recurso al Tribunal Constitucional, con los subsiguientes años y tras agotarse la vía judicial española, poder acudir al Tribunal de Derechos Humanos, de Estrasburgo, único en el que se puede creer por el ciudadano español, ahíto de obtener la Justicia demandada.

Es en este aspecto del Tribunal de Estrasburgo, donde pretendo incidir haciendo hincapié, en el Apartado 9 del Convenio de Adhesión ratificado por España, para pasárselo por la entrepierna como todo en este País, con el dictador ególatra: Derecho a las debidas garantías procesales:

A) Derecho a la igualdad de todas las personas ante los Jueces y Tribunales.

B) Derecho a ser oído.

C)Derecho a un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley.

D)Derecho a un proceso público.

E) Derecho a la publicidad de las sentencias.

F) Presunción de inocencia.

G) Derecho a la información de la naturaleza y causas de la acusación formulada.

¿Algo se respeta en España?. Desde Bilbao, pasando por Burgos, hasta Ciudad Real pasando por Sevilla; todo es un calco, vulneración de derechos sobre vulneración. El ideal de ellos, la Administración es que desistamos de litigar y humillemos. El nuestro, el ciudadano es resistir, hasta que con medios les hagamos pagar con creces, lo padecido por la pléyade de ineptos superprotegidos. Todo está a punto de acontecer y habrá rechinar de dientes……

Manuel Rosa Recuerda (promotor UNIÓN DEMOCRÁTICA DE GUARDIAS CIVILES)

La inteligencia y el sentido común se abren paso, con pocos artificios (Goethe)

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