Las mujeres en la prevención y resolución en los conflictos bélicos: Resolución 1325 de ONU.

En el año 2000 El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas debatió y aprobó La Resolución 1325 en relación con el trascendente papel que desempeñan las mujeres en la prevención y resolución en los conflictos bélicos. En ella se exhorta al secretario general y a los Estados Miembros para que actúen con el fin de lograr una mayor inclusión de éstas en los procesos de construcción de la paz y de reconstrucción posconflicto.

En la actualidad y según los últimos datos publicados, las mujeres representan el 12.5% del total de las Fuerzas Armadas Españolas y el 8,2% del personal desplegado en operaciones.

A lo largo del tiempo y en las diferentes civilizaciones, las mujeres han sido generalmente excluidas de participar en la guerra como sujetos activos. Esta situación ha perdurado hasta hace apenas unas décadas, momento a partir del cual se ha generalizado la incorporación de las mujeres en los ejércitos.

Entre los argumentos esgrimidos como causas de esta situación se encuentra por un lado «la tradición» concebida esta como herencia y costumbre, y en estos términos, la Institución Militar ha sido un ámbito vedado para la mujer; a partir de este ideario, la profesión militar ha perdurado durante mucho tiempo como una ocupación exclusivamente masculina. Por otro lado, también se han utilizado razonamientos que afectan a cuestiones tanto biológicas como fisiológicas y por ende cuestionan su rendimiento y concentración, sirviendo para alejar a las mujeres del desempeño de determinados puestos de primera línea y mantener una serie de actitudes contrarias a su entrada en la milicia. Por último, pero no menos importante se han manejado «cuestiones tácticas», que han servido para advertir sobre la afectación moral que puede causar una baja femenina o la resistencia de ciertos combatientes a rendirse ante una mujer soldado.

Con respecto al desempeño de las mujeres en el seno de los diferentes ejércitos se observan diversos posicionamientos según los países, así algunos tienen limitada su presencia en la primera línea de fuego tales como Holanda, Turquía, Gran Bretaña, Argentina, Brasil y EE. UU. Por el contrario, un numeroso grupo permiten en sus ejércitos, al menos formalmente, el desarrollo de cualquier capacidad para actuar en toda unidad o puesto, sin restricción legal de ningún tipo, tal es el caso de las FAS de España, Alemania, Bélgica, Bulgaria, Canadá, Dinamarca, El Salvador, Finlandia, Francia, Grecia, Guatemala, Hungría, Italia, Luxemburgo, Noruega, Polonia, República Dominicana, Suecia, Suiza, Uruguay y Venezuela.

Teniendo en cuenta que en varios países de nuestro entorno ya existen mujeres con empleos de Oficial General, se puede afirmar que la presencia de la mujer en los ejércitos europeos es una realidad más que consolidada, y son escasas las excepciones legales a la regla de permitir a las mujeres militares desempeñar su carrera en condiciones de igualdad respecto a los integrantes del género masculino.

Pero, aunque las restricciones legales sean muy exiguas, aún se mantienen otro tipo de condicionantes que impiden que se pueda afirmar taxativamente que las mujeres hayan alcanzado la igualdad efectiva en este ámbito, así la asunción de múltiples roles sociales sigue siendo un hándicap en sus vidas, tal es el caso que incumbe a la conciliación de la vida familiar laboral, constituyendo un obstáculo importante en su desempeño profesional. Muchos países conscientes de esta limitación (España entre ellos) han ido progresivamente legislando en aras de conseguir la igualdad de oportunidades en este ámbito.

El punto de partida legislativo de todo este proceso se inicia con La Constitución de 1978, cuyo artículo 14 contempla: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra consideración o circunstancia personal o social»; y también en su artículo 30 de la misma ley dice que: «Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España».

Estos principios constitucionales fueron los pilares fundamentales para la incorporación de las mujeres en las Fuerzas Armadas Españolas y bajo el cumplimiento de los imperativos constitucionales fue como se inició el proceso de adhesión, no pudiéndose en la actualidad esgrimir ningún principio democrático que impida su acceso al desempeño del puesto de trabajo para el que ha sido capacitada.

Estos principios aparecen desarrollados en la Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, reguladora de los derechos básicos de la Defensa Nacional, cuyo artículo 36 sostiene que: «El servicio militar tendrá para los españoles carácter obligatorio y prioritario sobre cualquier otro servicio que se establezca. La Ley establecerá la forma de participación de la mujer en la Defensa Nacional». Siendo posteriormente reformada por la Ley Orgánica 1/1984, de 5 de enero.

La posibilidad de alcanzar cualquier empleo militar, con limitaciones de acceso a determinados cuerpos y escalas se corresponde con la publicación del Real decreto-Ley, 1/1988 de 22 de febrero.

Fue en 1988 cuando se admitió la primera mujer en las FAS, año que marcó un hito en la historia castrense. A partir de este momento se hizo necesario una sucesión de leyes, nuevas normas y sucesivos cambios en la vida cotidiana militar (como por ejemplo la adecuación del entorno), hasta llegar a la situación actual de plena integración de la mujer en las Fuerzas Armadas.

Los precedentes históricos se sitúan en el año 1941, cuando fue fundado por Mercedes Milá Nolla, el Cuerpo de Damas Auxiliares de Sanidad Militar. Éstas fueron las primeras mujeres que accedieron al Ejército Español. Su tarea se situaba dentro del campo de la filantropía por revestir un carácter altruista y generoso. Su vestimenta se adaptaba al uniforme militar y a su mando estaba una Inspectora General del Cuerpo.

Estas damas participaron en misiones humanitarias, como por ejemplo en la División Azul (años cuarenta), en Nicaragua (1978-1979), y prestaron ayuda en numerosos hospitales españoles durante la emergencia del Síndrome Tóxico; también atendieron a los pacientes gaseados en la guerra del Líbano y fueron movilizadas durante la Primera Guerra del Golfo para atender a las bajas de los Ejércitos Aliados. Su movilización dejó de ser efectiva en 1990.

Desde entonces y dejando atrás a estas precursoras, tras varios compromisos internacionales relacionados con la mujer, La Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada por unanimidad el 31 de octubre de 2000, constituye el marco político decisivo para incorporar la perspectiva de género en la prevención, gestión y solución de los conflictos armados.

Compromisos internacionales relacionados con la mujer

Esta Resolución menciona la necesidad de incrementar la participación de las mujeres, en condiciones de igualdad en los procesos de toma de decisiones que tengan lugar para el fomento de la paz y la seguridad, así como en la prevención y solución de conflictos y, en las operaciones de mantenimiento de la paz.

Un segundo aspecto se centra en la necesidad de promover la mayor participación de las mujeres en las operaciones que La Organización de las Naciones Unidas realiza sobre el terreno. Finalmente, y de gran trascendencia también se asume la necesidad de incorporar la perspectiva de género en las misiones de paz, asegurando la formación específica del personal que participa en ellas, y de esta manera garantizar a las mujeres y a las niñas en zonas de conflicto y posconflicto el pleno cumplimiento de sus derechos y libertades como seres humanos. La importancia tanto histórica como de contenido de esta resolución la hace merecedora de conmemoración, siendo la única resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que celebra la fecha de su aprobación, año tras año; una forma de velar por su cumplimiento desde su aprobación.

Con respecto a esta Resolución y en nuestro entorno nacional, el 30 de octubre de 2007 el Gobierno de España aprobó un Plan de Acción para la aplicación de la Resolución 1325, en el que el primero de sus 6 objetivos fue «Potenciar la participación de las mujeres en las misiones de paz y en sus órganos de toma de decisión».

Las Fuerzas Armadas Españolas iniciaron su participación en misiones internacionales en 1989. Desde entonces, aproximadamente 150.000 militares españoles han sido desplegados en más de medio centenar de operaciones en cuatro continentes. Mediante el compromiso con la paz y la legalidad internacional, las Fuerzas Armadas españolas participan en las siguientes operaciones: EUFOR-Althea en Bosnia-Herzegovina, en la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (ISAF) en Afganistán, en la Fuerza Provisional de Naciones Unidas en Líbano (FPNUL), en la operación Atalanta de la UE contra la piratería en las costas de Somalia, en las misiones de entrenamiento EUTM Somalia en Uganda y EUTM-Mali, en las operaciones de apoyo a Mali y República Centroafricana y en las misiones EUCAP Nestor y Ocean Shield en el Cuerno de África, entre otras.

La presencia femenina en el total de las FAS supone alrededor del 13%, es decir, más de 1600 mujeres, o lo que es lo mismo, uno de cada 8 militares es mujer. En cuanto a las preferencias, según las estadísticas, el Ejército de Tierra sigue siendo el destino prioritario, seguido por el Ejército del Aire y la Armada; aunque hay que especificar que son los Cuerpos Comunes de las FAS los que integran el mayor porcentaje, principalmente en la rama jurídica y sanitaria. Cabe destacar también el interés suscitado por las unidades operativas. En cuanto al empleo militar más alto alcanzado hasta la fecha por una mujer ha sido el de General de Brigada y donde más presencia femenina hay es en la escala de tropa, con la presencia novedosa de Cabo Mayor.

La incorporación de la mujer en nuestros ejércitos ha sido un proceso que, evaluado en el tiempo, puede considerarse muy rápido. Tomando como referencia el año 1990, en el cual estaban inscritas 137 mujeres y el año 2001 donde solo alcanzaban el 0,1% de los efectivos; desde entonces, se ha ido produciendo un impulso cuantitativo progresivo hasta alcanzar las cifras actuales, donde las cuotas de alistamiento se encuentran en torno al 13% aproximadamente.

Con respecto a toda la Unión Europea (UE), España es uno de los países que duplica el número de mujeres militares en misiones exteriores con respecto a la media. Entre el 8 y el 9% de los efectivos españoles desplegados en estas misiones son mujeres, mientras que la media europea se sitúa en el 4%. La primera soldado española en participar en una misión de ayuda humanitaria en el exterior fue en 1993, en la antigua Yugoslavia.

Desde la creación del Observatorio Militar de la Mujer en las FAS – en la actualidad «El Observatorio Militar para la Igualdad»-, organismo colegiado dependiente de la Subsecretaría de Defensa creado en 2005 y regulado por la Orden Ministerial 51/2011 del 28 de julio; cuyo objetivo principal es analizar y promover la integración de la mujer en las Fuerzas Armadas, se puede subrayar la importancia de la presencia de las mujeres en las misiones de paz y afirmar que su integración se ha producido desde la planificación a la ejecución y evaluación de estas tareas.

Conclusión.

En base a la promulgación de la Resolución 1325 creada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, España ha sido uno de los países que más ha contribuido a la participación de las mujeres militares en misiones internacionales, superando en un 100% la media de UN.

Escrivá Ortuño B.

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